El Concejo insta a dar cumplimiento a dos ordenanzas sobre castraciones gratuitas

En la última sesión, el cuerpo legislativo elevó una nota a la intendencia. Así apoya el pedido del Grupo “Patitas sin Rumbo” que fue acompañado por casi mil firmas.
El grupo “Patitas sin rumbo”, envió una nota al Honorable Consejo Deliberante de nuestra Ciudad, donde solicita se le pida al Departamento Ejecutivo Municipal el CUMPLIMIENTO EFECTIVO de las ordenanzas Municipales N° 1704/2016 y 1646/2015, que prevén las Castraciones Gratuitas, constantes, extendidas, abarcativas y sistemáticas y se dispongan los recursos económicos según corresponda. Dicho petitorio fue acompañado por la firma de aproximadamente 1000 vecinos de nuestra localidad.
El Honorable Consejo Municipal aprobó la comunicación 006/2020 en la que insta al Ejecutivo Municipal a observar el todos sus ítems las ordenanzas anteriormente nombradas y proceda a dotar al Cesam de los recursos Humanos, económicos y de infraestructura necesaria.
La agrupación se encarga de los perros y gatos callejeros. Dentro de dicha asociación se realizan múltiples tareas entre ellas, desparasitar, vacunar, llevamos y costeamos tratamientos veterinarios cuando el animal lo requiere, siendo la principal actividad la castración para el control sanitario. Todo ese trabajo se costea con recursos propios del grupo obtenidos de beneficios que realizan.-
ORDENANZAS N° 1704/2016 y 1646/2015
COMUNICACIÓN Nº 006 AÑO 2020.
V I S T O :
La Nota Presentada por la Agrupación Patitas sin Rumbo y las Ordenanzas N° 1646/2015 y N° 1704/2016.
CONSIDERANDO:
Que pese a la vigencia de las Ordenanzas mencionadas, las faunas caninas y felinas callejeras en la zona urbana de nuestra ciudad vienen experimentando un incremento constante y alarmante.
Que como bien especifican los considerandos de la Ordenanza 1645/15, la práctica de la esterilización quirúrgica es aceptada en el mundo y en muchas partes de nuestro país como procedimiento correctopara controlar la superpoblación canina/felina evitando cualquier desequilibrio ecológico, en contraposición al encierro y/o sacrificio de animales, constituyendo este último un procedimiento deleznable,
Que las castraciones masivas tienen amplios beneficios tanto para los animales, como para las personas y la sociedad en general, evitando entre otras cosas: proliferación de enfermedades, favoreciendo la disminución del abandono y maltrato animales, y contribuyendo a la reducción de la cantidad de animales en la vía pública.
Que entre las acciones y objetivos propuestos por la Ordenanza 1645/15, se prevé:
- Control de la salubridad: realizar tareas de prevención y atención de enfermedades propias de los animales como transmisibles a los humanos, garantizando la entrega de las dosis de vacunas antirrábicas necesarias para abarcar a la población animal local, como así también las dosis de antiparasitarios requeridas para cada animal que concurra al Servicio de Esterilizaciones Gratuitas.
- Control de la reproducción de perros y gatos: Desarrollar y ejecutar planes que tendrán como objetivo efectuar esterilizaciones quirúrgicas en forma masiva, abarcativa, sistemática y extendida, con el fin de lograr un adecuado control poblacional.
- Control de las zoonosis: Elaborar informes técnicos para la Secretaría de Salud Animal y diseñar programas y acciones concretas a implementarse en el ámbito del Distrito CALCHAQUI.
Que la misma Ordenanza establece que en pos de cumplir con tales objetivos, resulta imprescindible articular con el hospital local, el C.I.C. y las escuelas del Distrito, una campaña que involucre la tenencia responsable de mascotas, con temas transversales y contenidos referidos a esta problemática. Asimismo insta a involucrar en este trabajo Interinstitucional, a las organizaciones no gubernamentales con personería jurídica o en trámite, o grupo de Proteccionistas y voluntariados, que puedan acreditar trayectoria en la ciudad.
Que según información suministrada por la agrupación Patitas sin Rumbo, para lograr el control de natalidad de la fauna urbana, es necesario que se realicen alrededor de 100 esterilizaciones mensuales,
Que con los recursos que dicha agrupación genera a través de distintos beneficios y el trabajo a destajo (ad honorem) por parte de sus integrantes, consiguen castrar 50 o 60 mensualmente,
Que según estimaciones de esta misma agrupación, el CESAM, Organismo creado por la Ordenanza 1704/2016 para dar cumplimiento a todo lo manifestado hasta aquí, y que cuenta por ende, con la estructura del Estado Municipal, solo aporta en promedio unas 10 castraciones al mes, resultando de por sí, totalmente insuficientes para cumplir con los objetivos de las normativas vigentes.
Que la Nota elevada por la Agrupación Patitas sin Rumbo cuenta con el apoyo y rubrica de más de setecientos vecinos.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CALCHAQUÍ
SANCIONA LA COMUNICACION Nº 006/2020.
ARTICULO PRIMERO: Proceda el D.E.M. a observar y hacer cumplir todo lo normado en las Ordenanzas Nº 1646/2015 y N°1704/2016, vigentes en materia de ¨Control ético de la fauna urbana¨.
ARTICULO SEGUNDO: Proceda el D.E.M. a dotar al CESAM de los recursos Humanos, Económicos y de Infraestructura necesarios, a efectos de garantizar que puedan lograrse los objetivos propuestos por la Ordenanza 1646/2015.
ARTICULO TERCERO: Arbitre las medidas necesarias para proceder al trabajo articulado con organizaciones no gubernamentales con personería jurídica o en trámite, o grupo de Proteccionistas y voluntariados, que puedan acreditar trayectoria en la ciudad.
ARTICULO CUARTO: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
————————DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CALCHAQUI, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.———————————






























