El artículo 13 de la Constitución Provincial de Santa Fe es un aporte integral del departamento Vera en la reforma

En la publicación se refleja el aporte de los casi 40 asesores ad honorem en cada una de las temáticas que se trataron en las audiencias de la asamblea reformadora de la constitución provincial. Tras las palabras y reflexiones de las integrantes del equipo asesor, Maria Laura López y Mariela Peña, se llevó a cabo la entrega de las revistas y constituciones a las instituciones y entidades de bien publico de la ciudad.
PALABRAS DE MARIA LAURA LOPEZ Y MARIELA PEÑA
El pastor de la Iglesia Asamblea de Dios, Martín Ruíz, realizó una oración en acción de gracias por la actividad e invocando la bendición divina en el cumplimiento de los derechos y deberes plasmados en la carta magna provincial.
En el acto, la dra. Mariela Peña señaló que el décimo tercer artículo de carta magna fue una elaboración y aporte integral del departamento Vera sobre las medidas de acción positivas. El Artículo 13 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe (según el texto reformado y sancionado en septiembre de 2025) establece el reconocimiento por parte de la provincia de las desigualdades estructurales y su compromiso con la igualdad.
ARTÍCULO 13
La Provincia reconoce la existencia de desigualdades estructurales que limitan el goce pleno de los derechos de las personas. Se compromete a adoptar medidas de acción positiva para reducir sus efectos negativos y garantizar condiciones de igualdad y no discriminación, en especial, y sin perjuicio de otros grupos que se encuentren en situación de desventaja estructural, respecto a:
1) la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, atendiendo a su interés superior y al derecho a ser escuchados de acuerdo con su autonomía progresiva;
2) el principio de participación paritaria de las mujeres, la igualdad sustantiva de ellas y las diversidades en todos los ámbitos, garantizando la protección integral frente a toda forma de violencia y discriminación;
3) el rol activo de las juventudes en la vida social, económica, política y cultural, asegurando mecanismos institucionales para la real participación y toma de decisiones;
4) el cuidado de las personas mayores que preserve su dignidad, autonomía, independencia y el respeto a su proyecto de vida;
5) la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad, promoviendo los apoyos y ajustes razonables con enfoque de diseño universal y accesibilidad;
6) la preexistencia y persistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y sus comunidades;
7) el abordaje de la indigencia, la pobreza y la exclusión; у,
8) la promoción de la equidad territorial para superar la discriminación por razones geográficas en la Provincia.































