{"id":22524,"date":"2024-08-28T16:40:44","date_gmt":"2024-08-28T19:40:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/?p=22524"},"modified":"2024-08-28T16:40:44","modified_gmt":"2024-08-28T19:40:44","slug":"crearon-un-registro-de-alquileres-temporarios-en-calchaqui","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/2024\/08\/28\/crearon-un-registro-de-alquileres-temporarios-en-calchaqui\/","title":{"rendered":"Crearon un registro de alquileres temporarios  en Calchaqu\u00ed"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>El Concejo Municipal aprob\u00f3 por unanimidad la ordenanza N\u00b0 2266, presentada por el bloque Frente de Todos, para regular los alojamientos de uso temporario en nuestra localidad y su aplicaci\u00f3n estar\u00e1 a cargo de la secretar\u00eda de turismo.<\/strong><\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-22525\" src=\"http:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/Casa-del-Pueblo-Concejo-Municipal-de-Calchaqui.jpg\" alt=\"\" width=\"729\" height=\"486\" srcset=\"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/Casa-del-Pueblo-Concejo-Municipal-de-Calchaqui.jpg 729w, https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/Casa-del-Pueblo-Concejo-Municipal-de-Calchaqui-300x200.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 729px) 100vw, 729px\" \/><\/p>\n<p>El pasado 22 de agosto se sancion\u00f3 la ordenanza N\u00b0 2266, propuesta por los ediles Graciela Hetze, Mart\u00edn Perell\u00f3 y Wilfredo Furrer del bloque FDT,\u00a0 que &#8220;busca regularizar la actividad vinculada a los alquileres temporarios a turistas y personas de paso, brindando un marco normativo que permita adem\u00e1s efectuar los controles correspondientes, ayudando as\u00ed a fortalecer la seguridad e imagen de la ciudad, como tambi\u00e9n proteger al consumidor ante cualquier insatisfacci\u00f3n o no cumplimiento de un servicio contratado&#8221;.<\/p>\n<p>&#8220;Los individuos que alquilan bajo esta normativa carecen de garant\u00edas que ofrecen los alojamientos tradicionales, por lo tanto no se puede asegurar que los mismos cumplan con las garant\u00edas edilicias, de higiene, de seguridad, etc., pudi\u00e9ndose generar desde un mal servicio hasta serios da\u00f1os a quienes los alquilan&#8221;, se\u00f1alaron.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s agregaron que &#8220;muchas veces este tipo de servicio, de alquileres temporales, act\u00faa en competencia desleal con otros actores del sector tur\u00edstico u hotelero respecto a las exigencias a los mismos. Al no contar con una reglamentaci\u00f3n que controle quienes se alojan en la ciudad puede generar, entre otras cosas, la de cometer alg\u00fan delito utilizando esta modalidad de hospedaje irregular&#8221;, argumentaron.<\/p>\n<p>Por ello, se cre\u00f3 el &#8220;Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario de Calchaqu\u00ed&#8221;, que ser\u00e1 implementado y gestionado por la Secretar\u00eda de Turismo de Calchaqu\u00ed&#8221; o la autoridad de aplicaci\u00f3n que en el futuro la reemplace.<\/p>\n<p><u><\/u> Deber\u00e1n ser registradas todas las unidades con destino habitacional afectadas a la actividad de alquiler temporario de la<br \/>\nciudad de Calchaqu\u00ed, comprendiendo\u00a0 todas las unidades de vivienda independientes que sean ofrecidas para locaci\u00f3n temporaria en un per\u00edodo no inferior a una (1) noche ni superior a ciento ochenta (180) d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>Son facultades de la autoridad de aplicaci\u00f3n:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Determinar los requisitos exigibles a los sujetos comprendidos en la presente Ordenanza, a efectos de obtener la inscripci\u00f3n en el Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario conforme lo estipulado por la presente, sus reglamentaciones y\/o las normas que en su consecuencia se dicten.<\/li>\n<li>Recibir la documentaci\u00f3n requerida para realizar las Inscripciones ante el mencionado registro.<\/li>\n<li>Verificar que se encuentren satisfechos todos los requisitos requeridos para la registraci\u00f3n de una unidad habitacional ante el Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario de Calchaqu\u00ed.<\/li>\n<li>Aplicar sanciones de apercibimiento, suspensi\u00f3n o baja del Registro.<br \/>\n5. Fiscalizar el cumplimiento de la presente Ordenanza y de las que la reglamenten.<\/li>\n<li>Accesibilidad a personas con movilidad reducida.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ANFITRIONES:<\/strong><\/p>\n<p>1.- Contar con la debida registraci\u00f3n ante el &#8220;Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario de Calchaqu\u00ed&#8221; y con el certificado de habilitaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p>2.- Exhibir en lugar visible de ingreso a la unidad de vivienda una copia del Certificado de Inscripci\u00f3n al Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario de Calchaqu\u00ed y Certificado de Habilitaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p>3.- Constituir domicilio electr\u00f3nico a los efectos de toda notificaci\u00f3n derivada de su inscripci\u00f3n en el Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario de Calchaqu\u00ed.<\/p>\n<p>4.- En caso de tratarse de unidades habitacionales que formen parte de un edificio sometido al R\u00e9gimen de Propiedad Horizontal, deber\u00e1n acreditar a los efectos de la habilitaci\u00f3n municipal correspondiente, que la actividad no se encuentra prohibida por el Reglamento de Copropiedad y Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>5.- Registrar la informaci\u00f3n referente a cada hu\u00e9sped y el plazo de permanencia en dicha unidad habitacional, que deber\u00e1 ser puesta a disposici\u00f3n de la autoridad de aplicaci\u00f3n en caso de ser requerida. Se entiende por informaci\u00f3n del hu\u00e9sped a los datos: Nombre, Apellido; Documento de Identidad y Domicilio real. Dichos datos junto con el per\u00edodo de alojamiento podr\u00e1n ser registrados en soporte digital.<\/p>\n<p>6.- Brindar informaci\u00f3n clara y precisa al hu\u00e9sped sobre las condiciones de contrataci\u00f3n y\/o pol\u00edticas de reserva y cancelaci\u00f3n de dicho servicio.<\/p>\n<p>7.- Contratar seguro de responsabilidad civil por da\u00f1os contra terceros.<\/p>\n<p>8.- Contar con certificado expedido por profesional matriculado que acredite el correcto estado de las instalaciones el\u00e9ctricas y de gas, el cual podr\u00e1 ser presentado de manera online.<\/p>\n<p>9.- Contar con los elementos de prevenci\u00f3n contra incendios, como m\u00ednimo con un extintor polivalente de tipo PQS para fuegos ABC en \u00e1reas de uso com\u00fan, en unidades habitacionales que formen parte de un edificio sometido al r\u00e9gimen de propiedad horizontal; por cada 100 m2 de superficie en viviendas individuales no sometida a r\u00e9gimen de propiedad horizontal.<\/p>\n<p>10.- Colocar en lugar visible de cada unidad un cartel con tel\u00e9fonos de emergencias (Bomberos, Polic\u00eda, Atenci\u00f3n a V\u00edctimas de G\u00e9nero, Propietario, etc.).<\/p>\n<p>11.- Informar a la Secretar\u00eda de Turismo el cese de su ofrecimiento como propiedad de Alquiler Temporario Tur\u00edstico en los plazos y t\u00e9rminos que<br \/>\nestablezca la reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las unidades que sean inscriptas en el Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario de Calchaqu\u00ed ser\u00e1n eximidos del pago de tasa de actuaci\u00f3n administrativa por solicitud de inscripci\u00f3n en el D.R. I., establecido en el ARTICULO 52\u00ba Inc. 1. del Anexo de la Ordenanza Impositiva vigente, seg\u00fan Ordenanza N\u00ba 2215\/2023- Decreto de Promulgaci\u00f3n N\u00ba066\/2023, por el plazo que el Departamento Ejecutivo determine por v\u00eda reglamentaria a partir de la sanci\u00f3n de la presente Ordenanza.<\/p>\n<p>El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ordenanza, las que en su consecuencia se dicten y sus respectivas reglamentaciones ser\u00e1 pasible, previa notificaci\u00f3n fehaciente y mediante resoluci\u00f3n fundada de las siguientes sanciones:<\/p>\n<p>1)- Apercibimiento.<\/p>\n<p>2)- Suspensi\u00f3n en el Registro.<\/p>\n<p>3)-\u00a0 Baja del Registro de Inmuebles de Alquiler Temporario.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Concejo Municipal aprob\u00f3 por unanimidad la ordenanza N\u00b0 2266, presentada por el bloque Frente de Todos, para regular los alojamientos de uso temporario en nuestra localidad y su aplicaci\u00f3n estar\u00e1 a&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":22525,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2,3,16,10,8],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22524"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22524"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22524\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":22526,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22524\/revisions\/22526"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/22525"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22524"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22524"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22524"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}