{"id":9490,"date":"2020-06-06T00:59:27","date_gmt":"2020-06-06T03:59:27","guid":{"rendered":"http:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/?p=9490"},"modified":"2020-06-06T00:59:33","modified_gmt":"2020-06-06T03:59:33","slug":"la-provincia-reglamento-la-habilitacion-de-practicas-deportivas-reuniones-familiares-bares-y-cementerios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/2020\/06\/06\/la-provincia-reglamento-la-habilitacion-de-practicas-deportivas-reuniones-familiares-bares-y-cementerios\/","title":{"rendered":"La provincia reglament\u00f3 la habilitaci\u00f3n de pr\u00e1cticas deportivas, reuniones familiares, bares y cementerios"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"http:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Cementerio-municipal-Calchaqui-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-425\" srcset=\"https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Cementerio-municipal-Calchaqui.jpg 1024w, https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Cementerio-municipal-Calchaqui-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.revistarescatados.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/05\/Cementerio-municipal-Calchaqui-768x512.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">Cada una de las nuevas habilitaciones exceptuadas al aislamiento social, preventivo y obligatorio, debe cumplir con los protocolos previstos y conforme a lo que las autoridades locales establezcan.<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno provincial, a trav\u00e9s del decreto del gobernador Omar Perotti, N\u00b0474 reglamenta la habilitaci\u00f3n de pr\u00e1cticas deportivas; reuniones familiares y afectivas; bares y restaurantes; y cementerios.<\/p>\n\n\n\n<p>Los municipios y comunas dispondr\u00e1n los detalles de cada una de las habilitaciones, como mayores restricciones respecto a los d\u00edas, horarios, requisitos y modalidades particulares en sus distritos, para el desarrollo de las actividades habilitadas por el nuevo decreto.<\/p>\n\n\n\n<p>Queda excluida de las habilitaciones de actividades dispuestas la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">REUNIONES FAMILIARES Y AFECTIVAS<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las reuniones con familiares y personas vinculadas afectivamente se podr\u00e1n llevar a cabo a partir del 6 de junio, con la participaci\u00f3n de hasta 10 personas, los d\u00edas s\u00e1bados, domingos y feriados, en horario de 9 a 19 horas, en domicilios particulares, siempre que sea posible la adecuada ventilaci\u00f3n de los ambientes a utilizar, cumplimentando las medidas de prevenci\u00f3n dispuestas por las autoridades sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protecci\u00f3n que cubran nariz, boca y ment\u00f3n al momento de desplazarse hacia el lugar y en el mismo, conforme a lo dispuesto por el Decreto N\u00b0 0347\/20.<\/p>\n\n\n\n<p>Las personas no deber\u00e1n trasladarse m\u00e1s de 30 kil\u00f3metros de distancia de su lugar de residencia habitual. Esta limitaci\u00f3n no se considerar\u00e1 para los desplazamientos entre las localidades comprendidas en los Aglomerados Urbanos Gran Rosario y Gran Santa Fe.<\/p>\n\n\n\n<p>El Aglomerado Urbano Gran Rosario abarca: Rosario, Villa Gobernador G\u00e1lvez, Pueblo Esther, General Lagos, Arroyo Seco, Alvear, Soldini, P\u00e9rez, Rold\u00e1n, Funes, Granadero Baigorria, lbarlucea y Zavalla en el Departamento Rosario; y Capit\u00e1n Berm\u00fadez, Fray Luis Beltr\u00e1n, San Lorenzo, Puerto General San Mart\u00edn, Timb\u00faes, Ricardone, Aldao, Luis Palacios y San Jer\u00f3nimo Sud en el Departamento San Lorenzo. En tanto, el Aglomerado Urbano Gran Santa Fe abarca: Santa Fe, Recreo, Monte Vera, San Jos\u00e9 del Rinc\u00f3n, Arroyo Leyes, Santo Tom\u00e9 y Sauce Viejo, en el Departamento La Capital.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">PR\u00c1CTICAS DEPORTIVAS<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, a partir del lunes 8 de junio se habilitan las instalaciones a los fines de la pr\u00e1ctica de actividades deportivas que no impliquen contacto f\u00edsico entre los participantes, previa aprobaci\u00f3n de los protocolos presentados por cada entidad, que contemplen las adaptaciones y medidas de higiene y prevenci\u00f3n a tomar en las instalaciones y la modalidad particular de desarrollo de cada disciplina, respetando en lo que correspondiere el protocolo base (PROBA), aprobado por el Ministerio de Salud y la Secretar\u00eda de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.<\/p>\n\n\n\n<p>Las especificaciones que incluyen son participantes a partir de los 16 a\u00f1os de edad, en horario de 7 a 19 horas; disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones que resulte prudente determinar en cada caso; en espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que re\u00fanan tales caracter\u00edsticas, garantizando en todos los casos el distanciamiento social; sin espectadores; sin reuniones previas o posteriores a la pr\u00e1ctica; sin habilitar espacios de uso com\u00fan y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo ba\u00f1os exteriores; debiendo, los que van a realizar la pr\u00e1ctica, concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene disponiendo, de ser posible, distintas puertas de ingreso y egreso; arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfecci\u00f3n de las superficies; y llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Los deportes individuales habilitados son: atletismo (excluidas las postas); arquer\u00eda; automovilismo (sin acompa\u00f1antes); tiro; BMX; motociclismo; running; ciclismo; canotaje, remo y kajak (individual); gimnasia art\u00edstica y con aparatos; equitaci\u00f3n; golf; halterafilia; marcha atl\u00e9tica; pat\u00edn art\u00edsitico; windsurf; y kitesurf. Los deportes individuales en interacci\u00f3n con oponentes: tenis; pelota a paleta; tenis con paleta o criollo; f\u00fatbol tenis; tenis de mesa; padel; y bochas.<\/p>\n\n\n\n<p>Se permite entrenamiento individual con interacci\u00f3n de juego, respetando la distancia de 6 metros entre los participantes, y sin compartir elementos deportivos. Adem\u00e1s, se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual boxeo; judo; lucha; y artes marciales.<\/p>\n\n\n\n<p>Las disciplinas colectivas o en equipos, se pueden realizar solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos espec\u00edficos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones, que presenten al efecto las asociaciones o entidades, y que cuenten con la aprobaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">BARES Y RESTAURANTES<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La habilitaci\u00f3n de bares y restaurantes se habilita a partir de este lunes 8 de junio, en los siguientes t\u00e9rminos: con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los asistentes, los que deber\u00e1n concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simult\u00e1neamente y de manera inicial hasta un m\u00e1ximo del 30% de la capacidad de los locales; la ampliaci\u00f3n de la ocupaci\u00f3n del local podr\u00e1 establecerse hasta un m\u00e1ximo del 50%; arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfecci\u00f3n de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, peri\u00f3dicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre; uso obligatorio de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protecci\u00f3n que cubran nariz, boca y ment\u00f3n, llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios; con la obligaci\u00f3n de cada establecimiento, previo a la apertura al p\u00fablico, de presentar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social un protocolo particular que garantice las medidas de distanciamiento, protecci\u00f3n y cuidados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">CEMENTERIOS<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se dispone tambi\u00e9n la habilitaci\u00f3n a concurrir a los cementerios, en las localidades donde las autoridades locales dispongan su apertura, cumplimentando las medidas de prevenci\u00f3n dispuestas por las autoridades sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protecci\u00f3n que cubran nariz, boca y ment\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">DECLARACI\u00d3N JURADA Y PROTOCOLOS<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En cada oportunidad que las personas quieran participar de algunas de las actividades habilitadas deber\u00e1n registrarse en la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil COVID-19 Provincia de Santa Fe, y completar con car\u00e1cter de declaraci\u00f3n jurada el formulario que en la misma obra; constituyendo la certificaci\u00f3n habilitante para circular en esa oportunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Los que no cuenten con un dispositivo m\u00f3vil que permita descargar la aplicaci\u00f3n, podr\u00e1n obtener una constancia impresa ingresando a www.santafe.gov.ar\/coronavirus\/salidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Los protocolos de cada uno de las actividades habilitadas pueden consultarse en: <strong><a href=\"https:\/\/www.santafe.gob.ar\/ms\/covid19\/\">https:\/\/www.santafe.gob.ar\/ms\/covid19\/<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\nhttps:\/\/www.santafe.gov.ar\/noticias\/recursos\/documentos\/2020\/06\/2020-06-05NID_267686O_1.pdf\n<\/div><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cada una de las nuevas habilitaciones exceptuadas al aislamiento social, preventivo y obligatorio, debe cumplir con los protocolos previstos y conforme a lo que las autoridades locales establezcan. 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